Servicios y Precios

La prestación de Maternidad es lo que muchos conocemos como baja por maternidad. La seguridad social os pagará sobre el 100% de vuestra base de cotización durante este periodo. Por norma general la duración es de 16 semanas pero puede ampliarse bajo tres posibles casos:

  • Si el peso del bebé al nacer es inferior a 1.5 kg se amplía la baja en 7 días.
  • Si el bebé durante el primer mes de vida tiene que quedarse ingresado en el hospital un mínimo de 7 días, se ampliará tantos días como el bebé esté ingresado, con un mínimo de 7 días y un máximo de 13 semanas. Para ello necesitaremos un informe de alta completo del bebé y un nuevo certificado de empresa donde consten estos dias de ingreso indicando en qué periodo los va a difrutar. (Coste 20€)
  • En caso de nacer Gemelos, la baja de maternidad se amplía en 1 semana.

Con la nueva normativa para la baja de Maternidad de Enero de 2020, las madres podrán disfrutar de 16 semanas de la prestación de Maternidad en diferentes periodos dentro del primer año de su hijo.
Condiciones que deben cumplir los periodos:

    • 1er periodo: Obligatorio hacer mínimo de 6 semanas iniciándose el día del parto.
    • Periodos siguientes:
      • Cada periodo como mínimo debe ser de una semana
      • El trabajador debe informar a su empresa con un tiempo de 15 días antes de iniciar el periodo

Máximo podrá disfrutar de 10 periodos de una semana

Por 20€, nosotros realizamos este trámite por ti.
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La baja de Paternidad es un derecho para los progenitores no gestantes que consiste en un descanso pagado sobre el 100% de la base de cotización por parte de la seguridad social. El periodo es de 16 semanas de las que las primeras 6 deben realizarse obligatoriamente desde la fecha del parto y las otras 10 semanas pueden disfrutarse en periodos de una semana hasta que el bebé tenga 1 año de vida. En caso de realizar más de un periodo de baja de paternidad cobraremos 20 euros de suplemento por cada uno de ellos.

El periodo de prestación de paternidad puede ampliarse bajo 2 posibles casos:

  • Si el peso del bebé al nacer es inferior a 1.5 kg se amplía la baja en 7 días.
  • Si el bebé durante el primer mes de vida tiene que quedarse ingresado en el hospital un mínimo de 7 días, se ampliará tantos días como el bebé esté ingresado, con un mínimo de 7 días y un máximo de 13 semanas. Para ello necesitaremos un informe de alta completo del bebé y un nuevo certificado de empresa donde consten estos días de ingreso indicando en qué periodo los va a disfrutar. (Coste 20€)
  • En caso de nacer Gemelos, la prestación por hijo a cargo se amplía en 1 semana.

Con la nueva normativa de Paternidad de Enero de 2021, los padres podrán disfrutar de las 16 semanas de la prestación de Paternidad en diferentes periodos dentro del primer año de su hijo.
Condiciones que deben cumplir los periodos:

    • 1er periodo: Obligatorio hacer mínimo de 6 semanas iniciándose el día del parto.
    • Periodos siguientes:
      • Cada periodo como mínimo debe ser de una semana
      • El trabajador debe informar a su empresa con un tiempo de 15 días antes de iniciar el periodo

Máximo podrá disfrutar de 10 periodos de una semana

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Consiste en poner al bebé como beneficiario de uno de sus progenitores en la cartilla de seguridad social. Es importante que la persona que tenga beneficiarios esté cotizando. Es un paso imprescindible para dar de alta al bebé en el ambulatorio de nuestra población.  En el caso de que ambos padres sean extranjeros necesitaremos el NIE o Pasaporte del bebe para poder darlo de alta en seguridad social.

Es una ayuda que da el Estado a las madres que están trabajando, cobrando el paro o que han cotizado al menos 30 días desde el nacimiento del bebé y que consiste en 100 euros al mes durante los 3 primeros años de vida del bebé.

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Es una ayuda que da el Estado a todas las familias que tengan un parto múltiple (gemelos, trillizos etc.) En el caso de gemelos el importe para el año 2023 es de 4.000€. En caso de trillizos el importe es de 8.000€.

Para poder tramitar esta ayuda es IMPRESCINDIBLE el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO CONJUNTO ( debe incluir a los recién nacidos y no sirve un volante de padrón)

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Es una ayuda que concede el estado a los progenitores que tengan gemelos y consiste en cobrar 1,5 veces el salario y se paga entre el mes 2 y mes 3 de baja.

Esta ayuda se puede solicitar en nombre de cualquier progenitor. Desde Trámites de Nacimiento, recomendamos solicitarla a nombre del que más cobre.

Es una ayuda que da el estado a todas las familias numerosas sin caducidad y que puede ser de:
– 100 euros al mes para familias numerosas de carácter general
– 200 euros al mes para familias numerosas de carácter especial

Por 40€ (IVA incluido), nosotros realizamos este trámite por ti.
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 Consiste en conseguir el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea (NIE) del bebé para que esté en España de forma regular y legal.

Es un paso necesario para que el bebé pueda:

  • conseguir la nacionalidad española
  • darse de alta en la Seguridad Social (*)

(*) dependiendo de la Comunidad Autónoma

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Consiste en conseguir el permiso de residencia (NIE) del bebé para que esté en España de forma regular y legal.

Es un paso necesario para que el bebé pueda:

  • conseguir la nacionalidad española
  • viajar fuera de España y regresar sin problemas
  • darse de alta en la Seguridad Social (*)

(*) dependiendo de la Comunidad Autónoma

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